Fiscalidad empresarial

Hoy en día, las empresas, y por ende, el empresario, ya empresa individual, ya sociedades mercantiles, deben tener muy en cuenta el régimen fiscal y tributario en cada caso aplicable a las actividades y operaciones económicas que desarrolle. Una incorrecta planificación y gestión fiscal lleva al fracaso de la empresa, por las graves repercusiones económicas que conlleva, afectando seriamente a su viabilidad, con repercusiones además para su órgano de administración social. Por ello, contar con el equipo asesor debidamente cualificado de fiscalistas de IRCAVIGO, supone contar en todo momento con el acceso al conocimiento y a la información adecuada y actualizada de la normativa tributaria, lo que permitirá una correcta toma de decisiones, que respete en todo momento el ordenamiento jurídico/tributario aplicable a la compañía.

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Te ayudaremos a definir tu estrategia y planificación fiscal y en todo momento te sentirás apoyado por nuestro equipo, que gestionarán debidamente las relaciones con la Administración Tributaria —tanto la AEAT central, como las de carácter autonómico y local—, y el cumplimiento de las obligaciones tributarias de empresas —individuales, sociedades mercantiles, UTE, CB, etc.— y también respecto a las obligaciones tributarias de personas físicas.

Impuestos a tener en cuenta:

  • Impuestos directos: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de los no Residentes.
  • Impuestos indirectos: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), Aduanas e Impuestos Especiales.

  • Impuestos cedidos a Comunidades Autónomas: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre el Patrimonio -con los nuevos tributos de reciente creación en la materia-.

  • Impuestos Locales: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), Impuesto sobre Gastos Suntuarios (IMGS), Tasas, Contribuciones Especiales y Precios Públicos.

INSPECCIONES TRIBUTARIAS

Hoy en día, ante la gran cantidad de información que recibe la Agencia Tributaria de los muy diversos programas de gestión con los que cuenta —amplísimo intercambio telemático de datos e información entre las Administraciones Públicas, así como con entidades bancarias y financieras, centros de gestión catastral, notariado, registros públicos de la propiedad y mercantil, etc.—, han aumentado de forma exponencial los expedientes administrativos tributarios de comprobación, así como los ya propiamente de inspecciones tributarias.
Por ello, una adecuada planificación, asesoramiento legal de toda índole, y gestión fiscal de la compañía respecto de sus obligaciones tributarias, disminuye notablemente las posibles consecuencias negativas de una inspección fiscal, evitando así contingencias fiscales, que ya no sólo podrán tener una repercusión/coste económico negativo relevante para la compañía y sus órganos de administración fiscal, sino que en los casos más extremos podrá dar lugar a actuaciones judiciales por posible delito fiscal, caso de exceder la posible “defraudación tributaria” en un año, de una cuota de 120.000 euros por tributo específico; en este caso se podría incurrir ya en responsabilidad de índole penal, con actuaciones ante los órganos judiciales de la jurisdicción penal.

Desde el momento mismo en el que la compañía recibe una comunicación de la Agencia Tributaria, toda la actuación y procedimiento administrativo ha de ser atendido y gestionado con el necesario acompañamiento y asesoramiento legal de profesionales cualificados, que controlarán y determinarán la naturaleza y efectos del requerimiento tributario recibido, plazos y formas de comunicarse y contestar a la Administración Tributaria, generando además un clima de buen entendimiento y colaboración con los organismos de la AT, en sus diferentes niveles de actuación, y buscando siempre la mejor solución a la actuación administrativa incoada.

A tales efectos, IRCAVIGO cuenta con un novedoso sistema informático, que permite un riguroso y puntual control de todas las notificaciones telemáticas de las Administraciones Tributarias, teniendo acceso inmediato a cualquier notificación telemática de su empresa, en el momento más temprano posible; desde el momento de la recepción, nuestro equipo de fiscalistas se encargará de la asistencia y contestación a todo tipo de requerimientos de documentación e información de la A.T, contestación a liquidaciones provisionales y definitivas, asesoramiento y formulación de recursos tanto en vía administrativa, como ante los Tribunales Económico-Administrativos, como ante la jurisdicción contencioso-administrativa (Juzgados unipersonales, Tribunales Superiores de CCAA, Audiencia Nacional, T.S., T.Co).

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GESTIÓN DE IMPUESTOS

Nuestros equipos de asesores tributarios, asumirán la puntual gestión en la realización de los trámites necesarios para la presentación de las declaraciones tributarias a las que esté obligada la compañía —declaraciones mensuales, trimestrales y anuales, o declaraciones únicas por actuaciones determinadas.
Todo ello con la debida información puntual a la compañía, que habrá de facilitar a tal fin la oportuna información fiable y actualizada de sus operaciones con repercusión tributaria.

Velaremos por una gestión fiscal adecuada, apoyada en una sólida base contable.

  • Confección y presentación de las declaraciones de IVA, Impuesto de SociedadesIRPF, Impuesto No Residentes, declaraciones censales, impuestos especiales, aduanas, Intrastat, Impuesto Actividades Económicas, Impuesto Sucesiones/Herencias.
  • Modelo 720. Declaración de bienes y derechos en el extranjero
  • Impuestos Especiales como los de Gases Fluorados, etc.

INCENTIVOS FISCALES

Todo régimen fiscal tiene incentivos fiscales, y un puntual acceso y correcta aplicación de los mismos, supone unos importantes ahorros económicos.

Hoy en día, parte del ahorro fiscal viene dado por la aplicación de los incentivos fiscales, los cuales varían día a día, de ahí que sea esencial contar con el asesoramiento tributario adecuado, en permanente actualización de la nueva normativa.

Muchos de estos beneficios fiscales, como los de puesta en marcha e inicio de nueva empresa, la libertad de amortización para inversiones generadoras de empleo, la aplicación correcta por las pérdidas por deterioro de créditos comerciales, son económicamente muy importantes para la reducción de la carga fiscal de las empresas.

Tampoco podemos olvidar la correcta aplicación de la reserva de nivelación y capitalización, o el régimen especial de arrendamiento financiero, I+D o muchas otras materias y beneficios fiscales que inciden directamente sobre los impuestos a pagar, beneficiando a la compañía.

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OPERACIONES VINCULADAS

La Agencia Tributaria obliga a justificar documentalmente que las operaciones realizadas entre partes/empresas vinculadas no difieren de las que realizarían partes independientes en condiciones similares, estableciendo un abusivo régimen sancionador que puede generar importantes problemas económicos a la empresa y/o socios.

El equipo de fiscalistas de IRCAVIGO, realizará un análisis detallado de todas las operaciones realizadas entre sociedades vinculadas y sus socios, encargándose de la preparación de la documentación necesaria, estudio de métodos de valoración e informe de precios de transferencia, así como su comunicación a la Agencia Tributaria.

DUE DILIGENCE FISCAL

Para que un proceso corporativo tenga éxito, principalmente en la compra-venta de empresas, se debe abordar con profesionalidad un análisis de viabilidad fiscal de la operación, analizando los distintos impuestos a los que se ve sometida la empresa: IVAImpuesto sobre SociedadesRetenciones IRPF, No Residentes y Locales, IAEAJD, ITP, analizando entre otros puntos: activos y pasivos fiscales, bases imponibles negativas y ajustes impositivos en periodos no prescritos, operaciones vinculadas y precios de transferencia, retribuciones de socios y administradores, contratos de alta dirección y retribuciones en especies.

Emisión de informe de contingencias fiscales con cuantificación económica del riesgo y probabilidad de que ocurra.

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